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Mediante Decreto Supremo, se declararon como Áreas de No Admisión de Petitorios Mineros (ANAP) los territorios denominados "Colca", entre Apurímac y Cusco, "Santa Rosa", entre Moquegua y Puno, "Zona 1", que consta de dos bloques en Moquegua, "Zona 2", entre Oyón y Huaura, Lima, "Chalhuanca", "Jalaoca", "Suparaura" y "Antabamba", todas en Apurímac, y "Chaparra" y "Atico", en Arequipa. Asimismo, se nombró al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) como titular de estas, autorizándole la realización de trabajos de prospección minera regional por cinco años,
Fuente: Semana Economica
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