Con el argumento de optimizar y facilitar a las empresas infractoras en el cumplimiento del pago de las multas ambientales, el OEFA aprobó el reglamento de fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de esas multas, que en un caso llega al plazo máximo de cinco años.
Este beneficio se dará a las empresas sancionadas que no hayan presentado alguna impugnación administrativa, y si en caso lo hicieron entonces tendrían que desistir para acceder al incentivo.
Así, sin perjuicio del pago inicial, el saldo de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) podrán ser fraccionadas y/o aplazadas con lapsos en función al monto de las multas.
Para las empresas con multas mayores a 20 mil UIT (S/. 74 millones) se contempla hasta 60 meses en caso de fraccionamiento, y hasta siete meses si es un aplazamiento.
En el caso de multas mayores a 10 mil UIT (S/. 37 millones) y menores o iguales a 20 mil UIT, se darán 48 meses por fraccionamiento, mientras que en aplazamiento es de seis meses.
En multas de 5 mil UIT (S/. 18.5 millones) y menores o iguales a 10 mil UIT, se da hasta 36 meses en fraccionamiento, y hasta cinco meses si se aplaza.
El beneficio se da desde multas menores o iguales a 500 UIT, según el OEFA.
Fuente: Revista Horizonte Minero
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