jueves, 11 de julio de 2013

Retrocesos en la política de patrimonio natural y ambiental

Foto: Internet
Por: César Ipenza

Cuando escucho, veo y leo en los diversos medios situaciones sumamente complejas de la política nacional, con debates que no ayudan a construir el Perú que todos soñamos, y con ataques entre las fuerzas políticas de todo lado, no puedo evitar pensar en que estamos en un país mediocre, en donde prima el interés político sobre el técnico.

Recientemente han sucedido hechos que nos llevan a pensar y replantear lo que pasa con nuestro legado natural y cultural respecto de la “crisis de inversión” y la “necesidad de promoverla” o la “necesidad de facilitarla”.

Ante ello he quedado sorprendido, por no decir más, porque en la “burbuja de Lima” los temas se oyen, se debaten –en algunos casos se intentan soluciones–, luego se olvidan y se pasa de inmediato a otro tema de moda, de mayor escándalo, el que sea más atractivo para la prensa.

Para que nuestro país se aleje de esa mediocridad, lo que no puede pasar de moda son justamente los temas ligados al retroceso en la política nacional, porque es –o debe ser– de interés de todos los peruanos, y porque las malas decisiones repercutirán en todos nosotros. Por ello, si damos prioridad a ciertas inversiones, vale la pena preguntarnos: ¿Qué tipo de inversiones?

Parece ser que en la actualidad los instrumentos ambientales son obstáculos para la inversión. Por ello, se hace lo posible para que no “estanquen” los proyectos. Se reducen plazos, las exigencias y, en suma, se le dan todas las facilidades al inversionista como si un estudio de impacto ambiental tiene que ser sí o sí. ¿Acaso no hemos aprendido que estos instrumentos podrían declarar viable o no a un proyecto?

¿Acaso no nos damos cuenta de que “facilitar” la aprobación (ojo, aprobación de los instrumentos en 100 días como indican los decretos supremos 054 y 060) está complejizando y complicando el sistema, y también presionando a los funcionarios y servidores públicos para decir sí o sí a un instrumento ambiental? De manera particular, creo que los decretos supremos (1) emitidos con el fin de “facilitar la inversión” no van a solucionar el problema, sino todo lo contrario, sumarán conflictos de los que ya estamos cansados y que nos muestran como un país poco serio para las inversiones.

Si sumamos a esto los anuncios sectoriales como, por ejemplo, los del MINEM, el cual indica que ante los decretos esperan “encontrar un equilibrio” o “hay plena voluntad del Minam para trabajar juntos en la aplicación de la norma y que más bien sean promotoras de la inversión”, vamos de mal en peor. Las aplicación de las normas, entre ellas el ECA (estándar de calidad ambiental) aire no deben ser negociables o prorrogables, simplemente deben aplicarse, más aun cuando estas normas tienen como principal propósito proteger la salud de la población. El ECA aire fue regulado desde el año 2001 (D.S. N° 074-2001/PCM), actualizado el 2008 (D.S. N° 003-2008-MINAM). La aplicación gradual de los ECA aire para Dióxido de azufre está claramente establecido en los plazos fijados desde el año 2001 (365 ug/m3 diario y 80 ug/m3 anual), los nuevos valores a partir del año 2009 (80 ug/m3 diario) y posteriormente para el 2014 (20 ug/m3 diario). “Las empresas minero metalúrgicas han tenido 13 años para desarrollar sus inversiones con miras a cumplir las normas de calidad del aire”, según señaló el mismo MINAM.

Esto me lleva a reflexionar y mencionar uno de los principios fundamentales del derecho ambiental –de aceptación y plena vigencia en el derecho ambiental comparado e internacional– el Principio de No Regresión, el cual busca que el sistema no tenga retrocesos de los avances ya alcanzados por cada Estado. Conlleva a tener claro, que los logros hechos en materia ambiental o del derecho al desarrollo sostenible tengan que permanecer y sean vinculantes, tanto para la administración pública, como para todos los administrados.

Finalmente es pertinente reflexionar sobre si estas medidas contradicen la cláusula 18.3.2 del Tratado de Libre Comercio suscrito con los Estados Unidos de América, donde se establece que es inapropiado promover la inversión o comercio mediante el debilitamiento o reducción de las protecciones contempladas en la legislación ambiental, lo que podría generar severas denuncias contra el Estado Peruano, contra el TLC suscrito con los Estados Unidos y otros compromisos asumidos por el Perú con la comunidad internacional y traducida en diversos convenios, acuerdos y declaraciones, entre otros.

Nos toca a todos los peruanos ejercer nuestra ciudadanía y mostrarnos críticos a cualquier situación que signifique retroceso en los logros alcanzados o los avances en nuestra política, ya que finalmente esto redundará en los que nos toque vivir el día de mañana.


Nota:
(1) Decreto Supremo N° 054-2013-PCM y Decreto Supremo N° 060-2013-PCM


Fuente: Noticias SER

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